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lunes, 9 de diciembre de 2024

DIA DE LOS DERECHOS HUMANOS: La Renta Básica un derecho emergente

    


     El Día de los Derechos Humanos se celebra a nivel mundial cada 10 de diciembre para conmemorar uno de los compromisos mundiales más revolucionarios: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Este documento histórico consagra los derechos inalienables que toda persona tiene como ser humano, independientemente de su raza, color, religión, sexo, idioma, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.  La Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 diciembre de 1948 y establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero.

     Ahora bien, desde los 76 años que se proclamó   solemnemente la Declaración de Derechos Humanos, en nuestro siglo XXI se han producido cambios políticos, sociales, ideológicos, culturales, económicos, tecnológicos y científicos que han influido de manera profunda en nuestras sociedades.

    Entre ellos cabe citar el  debilitamiento del Estado-nación y el fortalecimiento, en cambio, del mercado trasnacional y de actores financieros que, a través de empresas o alianzas multinacionales y consorcios económicos, definen políticas económicas que inciden en todo el planeta.  También el credo neoliberal, signo del pensamiento único, que se consolida y se extiende hasta alcanzar posturas de extrema derecha, que fácilmente recuerdan a la deriva nazi y fascista de los años 30 en Europa.

     Por otra parte, están los enormes avances tecnológicos que han desembocado en la inteligencia artificial, en los Big Data y su influencia en los Centros de procesos de Datos...Todo ello, junto a los enormes avances que suponen estos descubrimientos, traen también consigo grandes peligros si solo  están en manos de empresas particulares, que tienen como objeto su propio beneficio y no el interés publico general.

    Esta y otras series de consideraciones motivó que, a principios de noviembre del año 2007, en el marco del Forum de las Culturas realizado en la ciudad mexicana de Monterrey, continuador del celebrado en Barcelona en 2004, se aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes.

    Dicha Declaración reconoce y se inspira en el espíritu y principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en instrumentos internacionales y regionales adoptados hasta hoy por la comunidad internacional, tratando de completar dicha Declaración Universal, habida cuenta de la evolución sufrida por toda la sociedad humana en este tiempo. 

    Mientras que la Declaración Universal de Derechos Humanos surge de una Asamblea de Estados, la Declaración de Derechos Humanos Emergentes se construye desde las diversas experiencias y luchas de la sociedad civil global, recogiendo las reivindicaciones más perfiladas de sus movimientos sociales.

     Asimismo, mientras que la Declaración Universal de Derechos Humanos es una resolución adoptada solemnemente por las Naciones Unidas, como documento fundador de una ética humanista del siglo XX y el “ideal común a alcanzar” desde una óptica individualista y liberal, la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes surge desde la experiencia y las voces de la sociedad civil global en los inicios del siglo XXI. Esta Declaración comprende una nueva concepción de la participación ciudadana y concibe los derechos emergentes como derechos ciudadanos. Se trata de superar el déficit político y la impotencia entre los cambios deseados y las precarias condiciones actuales para su realización, señala la Declaración, en su Preámbulo de la 1ª parte.

    De acorde a todo esto, en la segunda parte, proclama una lista de 51 derechos universales como Derechos Humanos Emergentes para el sglo XXI.-  El Artículo primero, denominado: Derecho a la existencia en condiciones de dignidad, se desglosa en otros siete derechos. El n.3 de este artículo es:

     3. El derecho a la renta básica o ingreso ciudadano universal, que asegura a toda persona, con independencia de su edad, sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un ingreso monetario periódico sufragado con reformas fiscales y a cargo de los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de renta, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas.  

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Antonio Moreno de la Fuente
Renta Básica de Andalucía

   

     



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